ARTÍCULO: 14 – Letra b)

Publicar en sus respectivos portales de transparencia activa las actas de evaluación emitidas por las comisiones evaluadoras de licitaciones y compras públicas de bienes y servicios que realicen en el marco de la ley N° 19.886, dentro de los treinta días siguientes al término del respectivo proceso.
La precitada información deberá ser remitida a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos TRIMESTRALMENTE, dentro de los treinta días posteriores al término del trimestre respectivo con el mismo detalle.

Programa: 
Articulado Ley de Presupuestos - Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
Año: 
2026