Hasta la fecha el 50% de las regiones ya iniciaron sus procesos para cumplir con los requisitos que estipula la guía de verificación de condiciones iniciales diseñada por SUBDERE.
Se espera que al 31 de agosto de 2008, estas regiones obtengan la aprobación de sus respectivos Consejos Regionales de sus proyectos de transferencia de competencia de ordenamiento territorial los que serán presentados a la Presidenta de La República.
ANTECEDENTES
Un sustantivo cambio a las facultades y atribuciones que tienen actualmente los gobiernos regionales, entre las que se encuentra la tarea de planificar el desarrollo de sus regiones en ámbitos de infraestructura, económico y social, contempla el proyecto de ley que establece el traspaso de competencias y funciones desde la administración central a los Ejecutivos regionales.
La iniciativa, largamente ansiada por parlamentarios y regionalistas, pues apunta a profundizar el proceso de descentralización del país y perfeccionar la institucionalidad y gestión de los gobiernos regionales, llegó a cumplir su primer trámite al Senado y deberá ser estudiada por la Comisión de Gobierno. Cabe recordar que este proyecto que dotará a los gobiernos regionales de mayor autonomía en la toma de decisiones, recoge una serie de propuestas planteadas por los senadores durante la discusión de los proyectos que crearon las nuevas regiones de Arica y Parinacota y de Los Ríos.
En primer término, la iniciativa enviada por el Ejecutivo incorpora un reconocimiento expreso a la facultad de los gobiernos regionales para desarrollar sus competencias, funciones y atribuciones, tanto en forma directa como con otros órganos de la administración del Estado.
También distingue entre funciones propias y funciones transferibles a los gobiernos regionales. Entre las primeras hay de carácter general y otras especiales que son las relativas al ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural.
DESARROLLO TERRITORIAL
En materia de planificación, se transfieren a los gobiernos regionales varias tareas que actualmente desempeñan las secretarías regionales ministeriales de planificación y coordinación del Ministerio de Planificación (Serplac).
Con ello, los gobierno regionales podrán planificar el desarrollo de la región en ámbitos de infraestructura pública y transporte, económico productivo, social y cultural. Podrán realizar los estudios y análisis respectivos, y además estarán facultados para orientar el desarrollo territorial de la región y coordinar la acción de los servicios públicos, así como administrar fondos y programas de financiamiento. Otra de las innovaciones es la creación de un Plan Regional de Ordenamiento Territorial, que será elaborado por el gobierno regional previa consulta a las municipalidades de la región.
Ese plan tendrá que ser aprobado dentro de 90 días contados desde su recepción por el consejo regional, previo informe favorable de la Subsecretaría de Marina, de las seremis de Agricultura, Vivienda y Obras Públicas y la dirección regional de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.
GORES
Cada gobierno regional podrá establecer sus prioridades estratégicas regionales en materia de fomento productivo e innovación para la competitividad. También se contempla que puedan proponer programas y proyectos de impacto en grupos vulnerables; programas que fomenten la práctica deportiva y el fortalecimiento de la identidad regional.
El proyecto considera dos modalidades de traspaso de competencias: previa solicitud de uno o más gobiernos regionales o por iniciativa de los Ministerios. En ambos casos se contempla un procedimiento en el que interviene un Comité Interministerial integrado por los titulares de Interior, Hacienda y Secretaría General de la Presidencia y el subsecretario de Desarrollo regional.
Asimismo, dentro de las obligaciones del Intendente se agrega no solo someter al consejo regional la aprobación de los proyectos de planes y estrategias, sino también las políticas regionales de desarrollo.
SEREMIS
Las Secretarías Regionales Ministeriales, seremis, dejarán de ser órganos ejecutores de las políticas, planes y proyectos regionales y tendrán la tarea de presentar ante sus ministerios las prioridades de su territorio para formular las políticas nacionales sectoriales.
Junto con reconocerse por ley la existencia de las Divisiones de Planificación y Desarrollo Regional, Presupuesto e Inversión Regional y Administración y Finanzas, cuyos superiores serán elegidos mediante el sistema de Alta Dirección Pública; se crea el cargo de Administrador Regional que será el colaborador directo del intendente y coordinador de la gestión del servicio administrativo del gobierno regional.
Departamento de Políticas y Descentralización - División de Políticas.
22 de Julio, 2008
traspaso de competencias |